

Notificación Para Operar Por la Banca Digital Desde el Extranjero
Dando cumplimiento a la Circular N° SIB-DSB-14539, emanada de la SUDEBAN de fecha 27 de agosto de 2018, según lo establecido en el artículo 171 numeral 26 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario, en concordancia con el artículo 172 numeral 7 de la misma ley, se establece la Protección Integral de los Clientes y Usuarios del Sistema Bancario Nacional que realicen operaciones mediante la Banca a Distancia o Banca por Internet fuera de la República Bolivariana de Venezuela.
Si tienes previsto viajar fuera del país, por seguridad y protección de tus transacciones, próximamente podrás realizar la notificación de tu viaje, indicando el lugar o lugares de destino y el período en que permanecerás en el exterior.
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